Supermercados deben responder solicitudes de información que comprometan temas ambientales 

    Supermercados deben responder solicitudes de información que comprometan temas ambientales 


    Una tutela interpuesta por 360-grados.co a Supertiendas Olímpica y fallada por la Corte Constitucional estableció como precedente que las empresas privadas en Colombia deben entregar información a los periodistas cuando esta sea de interés público y no podrán escudarse en el secreto empresarial para no responder.

    Una tutela interpuesta por 360-grados.co a Supertiendas Olímpica y fallada por la Corte Constitucional estableció como precedente que las empresas privadas en Colombia deben entregar información a los periodistas cuando esta sea de interés general y no podrán escudarse en el secreto empresarial para no responder.

    Hace más de un año, el 8 de septiembre de 2023, César Molinares, periodista de 360-grados.co y becario del Pulitzer Center, le pidió a Olímpica, mediante una solicitud de acceso a información, que respondiera varios interrogantes relacionados con la cadena de suministros de la carne que venden en sus almacenes y los mecanismos que utilizaba para evitar que la misma procediera de focos de deforestación.

    Además de Olímpica, Molinares le hizo esta y otras preguntas a varios supermercados. La negativa a responder estos interrogantes desencadenó en una tutela que fue fallada el pasado 20 de enero de 2025 por la Corte Constitucional.

    En un fallo de tutela, la Corte Constitucional estableció como precedente que las empresas privadas en Colombia deben entregar información a los periodistas cuando esta esté asociada con la deforestación de nuestras selvas y no podrán escudarse en el secreto comercial para no responder.

    En esta decisión, la Corte (Sentencia T-534 de 2024) reconoce que la información de la trazabilidad de la carne es un asunto de interés general, clave para enfrentar los desafíos del cambio climático y proteger el derecho a un ambiente sano. Gracias a este fallo, impulsado por el periodista de 360-grados.co César Molinares y Dejusticia junto a otras organizaciones aliadas, este avance nos permite enfrentar el vacío de acceso a la información en manos de particulares.

    La Corte ordenó a los comercializadores de alimentos, en este caso Olímpica, que entregue datos sobre el origen de su carne y los mecanismos para prevenir la deforestación en su cadena de suministro.

    Con esta decisión, la Corte ampara el derecho reforzado que poseemos los periodistas para acceder a este tipo de datos.

    La tutela buscaba amparar los derechos, luego de que Olímpica se negara a contestar una solicitud de acceso a la información que había presentado el periodista Molinares, que adelanta una investigación sobre la ganadería y la deforestación.

    Durante varios años este portal de periodismo de investigación ha intentado seguir el rastro del ganado desde las zonas deforestadas de la Amazonía hasta los puntos de comercialización de la carne en las grandes ciudades del país.

    Encontrar esa conexión no ha sido fácil porque, como lo dice el ambientalista Rodrigo Botero en su más reciente columna en la revista Cambio (ver), el destino final de estos animales es “aún desconocido, pues los sistemas de información sobre el ganado en Colombia son aún cercanos a la edad de piedra, pues no tenemos aún la relación entre el sitio de origen, tránsito y destino final del animal, como tampoco del dueño del animal, el sitio exacto de vacunación y de la finca de la cual proviene”.

    Aunque 360-grados.co no le pedía a los supermercados que revelaran información confidencial de sus procesos, este fue el principal argumento para negar el acceso a los datos sobre la procedencia de sus productos cárnicos. Esta información es clave para entender y comprobar si esos ganados que hoy se venden en miles de tiendas de cadena del país proceden o no de zonas que han sido deforestadas por ganaderos.

    En un podcast que publicó 360-grados.co en asocio con La Liga contra el Silencio y el Clip.org en noviembre de 2023, se evidenció como varios supermercados promueven, o en otros casos garantizan a sus compradores, que sus productos cárnicos son “sostenibles”, que respetan la frontera agrícola o provienen de zonas que no han sido deforestadas.

    Para la Corte, la solicitud de información hecha por el periodista de 360-grados.co, César Molinares Dueñas, es de interés general y las respuestas buscaban la protección de otro derecho fundamental como es el derecho a un ambiente sano, ya que están relacionadas con esclarecer las medidas que toman los supermercados en Colombia para garantizar que sus productos cárnicos no vienen de zonas deforestadas. 

    Entre otras preguntas que se le hicieron a la cadena están: ¿Qué porcentaje de carne se compra a proveedores directos e indirectos? ¿Dónde están ubicados estos proveedores y se han hecho acuerdos para conservar los bosques? ¿Compra la empresa el ganado en subastas y existen controles para garantizar que los proveedores no se encuentran en zonas protegidas? ¿Cómo informa la empresa a los consumidores del origen de la carne?

    Frente a estos interrogantes la tienda de cadena no respondió en su totalidad los interrogantes, lo hizo con evasivas y superficialmente, por lo que 360-grados.co decidió recurrir a una tutela, que inicialmente fue negada por dos juzgados, antes de ser seleccionada por la Corte Constitucional.

    En su fallo, el alto tribunal estableció que la solicitud de información sobre las prácticas de producción de carne de vacuno a Olímpica, incluida la trazabilidad de las certificaciones de ausencia de deforestación y los esfuerzos para reducir la deforestación, es de interés general y por lo tanto debió haber respondido a la misma, de manera clara y de fondo. 

    Esto sienta un precedente en Colombia, ya que muchas veces las empresas privadas se niegan a suministrar información por considerar que no están obligadas a responder las solicitudes de los periodistas. En esto la Corte establece que las empresas privadas deben contestarlas cuando sean de interés público. 

    En este sentido, el Alto Tribunal consideró que las actividades de Olímpica afectan al medio ambiente, y las preguntas de los peticionarios tienen por objeto ejercer su derecho a conocer el impacto de la producción y el consumo de carne de vacuno en el medio ambiente.

    “En el asunto bajo estudio, la petición fue presentada por el demandante ante Olímpica, una empresa de retail, con el fin de esclarecer asuntos relacionados con la forma en la que la empresa adquiere la carne de res que ofrece a sus clientes y las consecuencias que sus procesos de producción y suministro generan al medio ambiente”, dice un aparte de la sentencia. 

    Para la Corte, la información solicitada por 360-grados.co es de relevancia constitucional y de interés público. Los magistrados citan que, desde el año 2000, “el mundo ha estado perdiendo aproximadamente cinco millones de hectáreas de bosque y la tasa de extinción de especies ha aumentado hasta mil veces más que aquella que corresponde a los ritmos naturales. 

    “Al menos el 75% de la deforestación es atribuida a actividades agrícolas, incluida la tala de bosques para el cultivo, el pastoreo de ganado y la producción de productos básicos, como el papel. Precisamente, el principal catalizador de la deforestación mundial es la producción de carne de res y la conversión de tierras para el pastoreo de ganado, lo cual representa aproximadamente el 41% de la deforestación”, dice la Corte.

    La Corte Constitucional reiteró que el derecho de petición es fundamental para la democracia e incluye el derecho a una respuesta pronta y completa. El Constitucional también debatió el concepto de secreto comercial, que está protegido por la ley. Aclaró que no todos los procesos internos de una empresa pueden considerarse secretos comerciales y que sólo están protegidos si proporcionan un beneficio económico debido a su carácter secreto.

    En el caso concreto examinado, la Corte consideró que la empresa había vulnerado el derecho de petición y el acceso a la información al no responder adecuadamente a las preguntas de un periodista sobre el origen de la carne que vendía y sus esfuerzos por combatir la deforestación. El Tribunal ordenó a la empresa que diera una respuesta más completa en 10 días, con detalles sobre sus proveedores, mecanismos de trazabilidad y medidas para combatir la deforestación.

    Los antecedentes

    El 19 de septiembre de 2023, Olímpica respondió a las preguntas de 360-grados.co afirmando que cumplen todas las normas sanitarias y que monitorea a sus proveedores. También detallaron sus prácticas de bienestar animal, incluyendo la trazabilidad y los esfuerzos de reducción del impacto ambiental, en la que detallaron que en algunas de sus tiendas han instalado paneles solares(algo que no tenía que ver con el cuestionario).

    En su respuesta a la solicitud de información la cadena de supermercados se negó a responder varios interrogantes, con el argumento que el derecho de petición del peticionario no era aplicable en este caso. Además, alegó que parte de la información solicitada era confidencial y estaba protegida por la legislación sobre secretos comerciales.

    Frente a estas respuestas incompletas y evasivas, 360-grados.co en alianza con el centro de pensamiento Dejusticia decidieron interponer una tutela para obligar a la empresa a responder. Después de que dos jueces negaran el amparo a este medio, la Corte Constitucional decidió seleccionar esta tutela por considerar entre otros aspectos que se podría sentar un precedente sobre un tema sobre el que había vacíos. 

    Una de las magistradas que insistió en su selección, Diana Fajardo, explicó que esta tutela debía ser revisada debido a  la ausencia de sentencias anteriores sobre el acceso a la información medioambiental y la creciente tendencia de las empresas a utilizar el secreto para denegar dicho acceso.

    Por su parte la magistrada Cristina Pardo señaló que este caso evidenciaba el impacto medioambiental de la agricultura, en particular de la producción de carne, y el interés del público en acceder a la información medioambiental en poder de entidades privadas.

    La solicitud de información se apoyaba en los derechos de acceso a la información medioambiental y de interés público, y en el derecho a la libertad de información. La documentación solicitada cumplía los requisitos para ser considerada «información ambiental»

    En la demanda de tutela, 360-grados.co argumentó que la sociedad tenía un interés legítimo en la información, ya que derivaba de la preocupación por frenar los procesos de deforestación y degradación forestal vinculados directa o indirectamente a la cadena de suministro de carne.

    La información solicitada estaba vinculada a la vulneración de derechos fundamentales e intereses generales y colectivos, como el derecho a un medio ambiente sano y la protección de los recursos naturales. La deforestación a gran escala contribuye al cambio climático al aumentar los gases de efecto invernadero, lo que tiene varias repercusiones negativas. El acceso a la información solicitada es importante para controlar las actividades que contribuyen a la deforestación.

    Otra razón para pedir respuestas a los supermercados es que las fuentes de información existentes sobre cuestiones medioambientales no eran suficientes para hacer un seguimiento de su impacto en la deforestación.


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